Page 17 - Reflexiones sobre Ingeniería 2023D-2024
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Revista de la Facultad de Ingeniería, Año 8, Número 1
                  nombre  y  escala  del  buque  al  que  va  destinada  la  carga,  operador  portuario
                  interviniente, que exista DUA (documento único aduanero), que se hayan pagado los
                  proventos portuarios, que haya intervenido la orden, el operador, el despachante y el
                  transportista.

                  En caso de salida de un contenedor: El sistema verifica varias cosas, que el operador
                  esté habilitado a realizar ordenes de trabajo en contenedores, que el contenedor exista
                  y pertenezca al manifiesto del buque, que el DUA exista y este pago en ANP, que el
                  transportista este registrado.

                  Realizará la tarea de pesaje al ingreso y salida de los medios de transporte incluyendo
                  el  contenedor,  que es trasmitido  en tiempo  real  al  sistema  de la  DNA  y  disponible
                  también para el MTOP. La tara del contenedor viene dada en la orden de trabajo como
                  un dato aportado por el operador.

                  DNA: Dirección Nacional de Aduanas

                  La DNA en cumplimiento con la normativa que rige en la reglamentación del régimen
                  de puerto libre estará ubicada para intervenir antes del ingreso de la mercadería, y a la
                  salida será la última autoridad antes del ingreso de la mercadería al país.
                  Verificará la existencia de DUA, registro de ingreso del contenedor, alimenta su propio
                  sistema  de  control,  recibirá  datos  relativos  al  pesaje  que  proporciona,  en  forma
                  automática, el sistema de ANP, controlará físicamente los precintos
                  La DNA controla precintos, verifica que el peso declarado coincida con el real, así como
                  si  corresponde  verificación  no  intrusiva  mediante  escáner,  asigna  canal  de  verde,
                  naranja o rojo. La DNA es la autoridad en el tema de contrabando

                  PNN: Prefectura Nacional Naval
                  En el acceso PNN corrobora que exista una orden de trabajo, y confirma identidad del
                  transportista. Ejerce el rol de autoridad policial realiza tareas propias de su cometido,
                  en el recinto, (es la autoridad “policial”) Decreto 100/991

                  Podemos ver que a pesar de la existencia del código PBIP el rol de la PNN, en los accesos
                  no está directamente relacionada con el mismo.

                  En  la  órbita  de  la  PNN  está  la  Secretaría  de  Protección  creada  con  el  fin  de  ser  la
                  autoridad designada por el estado para asegurar el cumplimiento del código.

                  Nota tanto la ANP, la DNA o la PNN podrán detener una operativa de ingreso o salida
                  de carga del puerto de Montevideo


                  ¿Cuál son los documentos de ingreso y salida de mercadería al Puerto de
                  Montevideo?
                  La ANP, la DNA y la PNN son las autoridades en las puertas del recinto portuario.

                  Existen un sistema informático principal a cargo de la ANP, que contiene información
                  relevante para la propia ANP, para la DNA (que además cuenta con el suyo), relevante
                  para el operador portuario permitiendo la adecuada trazabilidad de la carga.
                  El  documento  principal  para  ingreso  o  salida  del  puerto  lo  constituye  la  Orden  de
                  trabajo.








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